Cuota de autónomo 2026: cuánto vas a pagar y cómo elegir tu base de cotización

Actualizado: 8 de septiembre de 2026 · Lectura: 10 minutos

La cuota de autónomo en 2026 depende de lo que ganes: va desde unos 205,88 € al mes (si prevés rendimientos netos de 670 € mensuales o menos) hasta más de 600 € al mes en los tramos altos, y puede llegar a 1.606,88 € si eliges cotizar por la base máxima. Los 15 tramos y las bases para 2026 están en la Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE, y son prácticamente iguales que en 2025.

Resumen rápido: en 2026 sigue vigente el sistema de cotización por ingresos reales. Eliges una base dentro del tramo que corresponde a tu previsión de rendimientos netos; sobre esa base se aplica un tipo del 31,5 % (sube el MEI del 0,8 % al 0,9 %). La cuota mínima general es de 205,88 €/mes; los autónomos nuevos pueden pagar la tarifa plana de 80 €/mes. Puedes cambiar de base hasta 6 veces al año y al año siguiente Hacienda y la Seguridad Social regularizan según lo que ganaste de verdad.

En esta guía:

¿Cuánto paga un autónomo en 2026?

Desde 2023, la cuota mensual al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) —la cuota de Seguridad Social que paga cada autónomo— ya no es una cantidad fija que elige cada uno con libertad casi total. Ahora funciona así: haces una previsión de tu rendimiento neto (a grandes rasgos, tu beneficio) y esa previsión te sitúa en uno de los 15 tramos. Cada tramo tiene una base de cotización mínima y una máxima; tú eliges un valor dentro de esa horquilla y la cuota sale de multiplicar la base por el tipo de cotización.

Para 2026, el tipo total es del 31,5 %, que se reparte, según la Orden de cotización, en: 28,30 % por contingencias comunes, 1,30 % por contingencias profesionales, 0,90 % por cese de actividad, 0,10 % por formación profesional y 0,90 % por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). El MEI es lo único que sube respecto a 2025 (estaba en el 0,8 %) y lo asume íntegro el autónomo: supone entre uno y unos pocos euros más al mes según tu base.

Con la base mínima de 2026 (653,59 €/mes), la cuota queda en unos 205,88 €/mes. Con la base máxima del sistema (5.101,20 €/mes), la cuota sería de 1.606,88 €/mes. La mayoría de autónomos se mueve entre los 205 € y los 400 € mensuales porque tienden a cotizar cerca de la base mínima de su tramo.

Los 15 tramos de la cuota de autónomo 2026

Esta es la tabla oficial para 2026 (Orden PJC/297/2026). Los tramos 1 a 3 forman la tabla reducida, para quien prevé rendimientos netos por debajo de 1.166,70 €/mes; del 4 al 15 es la tabla general. La "cuota mínima" de la última columna es orientativa: es la base mínima del tramo multiplicada por el 31,5 %. Redondeos aparte, coincide con las cuotas de 2025.

Tramo Rendimiento neto mensual Base mínima 2026 Base máxima 2026 Cuota mínima aprox. (31,5 %)
Reducida 1Hasta 670 €653,59 €718,94 €205,88 €
Reducida 2> 670 y ≤ 900 €718,95 €900,00 €226,47 €
Reducida 3> 900 y < 1.166,70 €849,67 €1.166,70 €267,65 €
General 1≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 €950,98 €1.300,00 €299,56 €
General 2> 1.300 y ≤ 1.500 €960,78 €1.500,00 €302,65 €
General 3> 1.500 y ≤ 1.700 €960,78 €1.700,00 €302,65 €
General 4> 1.700 y ≤ 1.850 €1.143,79 €1.850,00 €360,29 €
General 5> 1.850 y ≤ 2.030 €1.209,15 €2.030,00 €380,88 €
General 6> 2.030 y ≤ 2.330 €1.274,51 €2.330,00 €401,47 €
General 7> 2.330 y ≤ 2.760 €1.356,21 €2.760,00 €427,21 €
General 8> 2.760 y ≤ 3.190 €1.437,91 €3.190,00 €452,94 €
General 9> 3.190 y ≤ 3.620 €1.519,61 €3.620,00 €478,68 €
General 10> 3.620 y ≤ 4.050 €1.601,31 €4.050,00 €504,41 €
General 11> 4.050 y ≤ 6.000 €1.732,03 €5.101,20 €545,59 €
General 12> 6.000 €1.928,10 €5.101,20 €607,35 €

Un par de matices que conviene tener claros:

  • La base máxima de cada tramo de la tabla general llega hasta la base máxima del RETA para 2026, que es de 5.101,20 €/mes. Es decir, aunque estés en un tramo bajo puedes elegir cotizar por más de lo que te "toca" para mejorar tus prestaciones futuras (jubilación, incapacidad).
  • En la tabla reducida, en cambio, la base máxima está topada en el importe que ves en la columna, más ajustada al tramo.
  • Estos valores pueden actualizarse si se aprueba una nueva Orden de cotización o los Presupuestos Generales del Estado los modifican. Si cambian, actualizaremos esta guía.

Qué cuenta como "rendimiento neto" para elegir tu tramo

Aquí está el error más habitual: mucha gente mira su facturación y elige tramo con esa cifra. No es así. El rendimiento neto que cuenta para la cotización se calcula, según la Seguridad Social, en varios pasos:

  1. Partes de tus ingresos de la actividad y restas los gastos deducibles fiscalmente. Eso te da el rendimiento neto fiscal.
  2. A ese resultado le sumas las cuotas de autónomo que hayas pagado a la Seguridad Social durante el año (porque son un gasto que ahora se "devuelve" al cálculo).
  3. Sobre esa cifra aplicas una deducción adicional por gastos genéricos: el 7 % con carácter general, o el 3 % si eres autónomo societario (socio de una sociedad mercantil) que ha estado de alta al menos 90 días en el año.
  4. El resultado, dividido entre los meses de alta, es el promedio mensual de rendimiento neto que determina tu tramo.

Ejemplo sencillo: si facturas 40.000 € y tienes 10.000 € de gastos deducibles, tu rendimiento neto fiscal es 30.000 €. Sumas, pongamos, 2.700 € de cuotas pagadas (32.700 €) y aplicas el 7 % de gastos genéricos (−2.289 €): quedan 30.411 € anuales, unos 2.534 €/mes. Eso te situaría en el tramo general 7. Con la base mínima de ese tramo, la cuota rondaría los 427 €/mes.

Como no puedes saber con exactitud tu rendimiento hasta que cierra el año, lo que eliges es una previsión. Si te quedas corto o largo, se corrige en la regularización (más abajo).

Calcula tu cuota en 30 segundos

Pon tu previsión de rendimiento neto y te decimos en qué tramo caes y cuánto pagarías al mes en 2026, con la tabla oficial ya cargada.

Tarifa plana: 80 € al mes para autónomos nuevos

Si te das de alta como autónomo por primera vez —o no has estado de alta en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste antes de esta ayuda)— puedes pedir la tarifa plana: una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, con independencia de tus ingresos. Se solicita en el momento del alta.

Ese importe de 80 € se fijó legalmente para el periodo 2023-2025; la norma prevé que a partir de 2026 se concrete cada año. En la práctica, la referencia sigue siendo 80 €/mes en 2026, pero conviene confirmarlo con la Seguridad Social o tu gestor al darte de alta.

Pasados los primeros 12 meses, puedes pedir una prórroga de otros 12 meses en las mismas condiciones si prevés que tus rendimientos netos anuales quedarán por debajo del salario mínimo interprofesional. La prórroga no es automática: hay que solicitarla en el portal Importass antes de que terminen los primeros 12 meses y, según la Seguridad Social, presentar después la declaración de IRPF (si no, la base pasa a ser de 1.000 €). Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo tienen condiciones más amplias.

Ojo: la tarifa plana no la pueden pedir los autónomos colaboradores (familiares) ni quien tenga deudas con Hacienda o la Seguridad Social. Y si al regularizar resulta que superaste el SMI durante el periodo de prórroga, puede que tengas que devolver la bonificación de esos meses.

Cómo cambiar tu base de cotización (hasta 6 veces al año)

Una de las ventajas del sistema actual es la flexibilidad: puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año para ajustarla a cómo va realmente tu negocio. El trámite se hace en Importass, es gratuito e inmediato, y va acompañado de una nueva previsión de rendimientos.

Según la fecha en que presentes la solicitud, el cambio surte efecto así:

Si lo solicitas entre…El cambio tiene efecto el…
1 de enero y 28/29 de febrero1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio1 de julio
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero del año siguiente

La recomendación práctica: si tu actividad es estacional o ha cambiado mucho, revisa tu base al menos una vez a mitad de año. Subirla te cuesta más cada mes pero reduce el riesgo de tener que pagar una diferencia grande en la regularización; bajarla te da aire de tesorería pero puede dejarte por debajo de lo que te correspondería.

La regularización anual: qué pasa si ganas más o menos

Las bases que eliges durante el año son provisionales. Al año siguiente, la Tesorería General de la Seguridad Social recibe de la Agencia Tributaria tus rendimientos reales (de la declaración de la renta y demás datos fiscales), calcula la base que te habría correspondido y compara con lo que cotizaste. Es un proceso automático: no tienes que solicitar nada, y te llega la notificación por los canales oficiales (DEHú, app y web de Importass).

Hay tres resultados posibles:

  • No hay diferencias: cotizaste dentro de lo que te correspondía. Nada que hacer.
  • Cotizaste de más: la Seguridad Social te devuelve el exceso de oficio, en principio antes del 30 de abril, en la misma cuenta de las cuotas. También puedes optar por mantener una base superior si te interesa para tus prestaciones.
  • Cotizaste de menos: te reclaman la diferencia. Puedes ingresarla sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la notificación; si no pagas en plazo, se aplica un recargo (habitualmente del 10 % o 20 %).

Según la Seguridad Social, hay periodos que no se regularizan: por ejemplo, los meses que ya se tuvieron en cuenta para calcular una prestación (una baja, un cese de actividad) o, con carácter general, cuando has cotizado por tarifa plana. Es un proceso todavía joven —las primeras regularizaciones masivas (ejercicio 2023) se hicieron entre finales de 2024 y 2025— así que conviene revisar bien la notificación y, si algo no cuadra, plantear la disconformidad en plazo.

Entonces, ¿qué base me conviene?

No hay una respuesta única, pero sí algunas ideas de partida:

  • Si estás empezando y tienes derecho a tarifa plana, aprovéchala: 80 €/mes durante 12 meses (prorrogables) es difícil de mejorar. Pero recuerda que cotizar poco significa menos base para tu futura jubilación e incapacidad.
  • Si tu negocio es estable, ajusta la base a tu rendimiento neto real para no llevarte sustos en la regularización. El simulador oficial de la Seguridad Social y nuestra calculadora de cuota de autónomo te dan el número de partida.
  • Si te acercas a la jubilación o quieres mejores prestaciones, plantéate cotizar por encima de la base mínima de tu tramo: puedes subir hasta la base máxima del RETA.
  • Si tienes pluriactividad (autónomo y asalariado a la vez), hay reglas específicas y derecho a devolución parcial de cuotas por contingencias comunes; consúltalo con tu gestor.

La decisión mezcla tesorería, previsión de ingresos y estrategia de prestaciones. Es exactamente el tipo de cosa que conviene revisar una vez al año con quien te lleve la contabilidad.

¿Te avisamos si cambian las cuotas?

Si se aprueba una nueva Orden de cotización o se modifican los tramos de 2026, te escribimos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un autónomo nuevo en 2026?

Si te das de alta por primera vez —o no has estado de alta en los 2 años anteriores— puedes pedir la tarifa plana: una cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, según la Seguridad Social. Es prorrogable otros 12 meses si prevés rendimientos netos anuales por debajo del salario mínimo y lo solicitas en Importass antes de que terminen los primeros 12 meses.

¿Cuál es la cuota mínima de autónomo en 2026?

Unos 205,88 € al mes: es la base mínima del tramo 1 (653,59 €) multiplicada por el tipo del 31,5 %, según la Orden PJC/297/2026. Corresponde a quien prevé rendimientos netos de 670 € mensuales o menos. Quien no tiene derecho a tarifa plana no puede pagar menos que esa cuota.

¿Cuál es la cuota máxima de autónomo en 2026?

Si cotizas por la base máxima del RETA (5.101,20 €/mes), la cuota es de 1.606,88 €/mes con el tipo del 31,5 %. No es obligatorio: puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima de tu tramo, e incluso cotizar por encima de la que te correspondería para mejorar tus prestaciones futuras.

¿Cómo se calcula la cuota mensual de autónomo?

Multiplicando la base de cotización que elijas por el tipo del 31,5 %. Tu previsión de rendimiento neto mensual te sitúa en uno de los 15 tramos y, dentro de él, eliges una base entre la mínima y la máxima. Con la base mínima de 2026 (653,59 €) la cuota queda en unos 205,88 €/mes.

¿Puedo cambiar mi base de cotización durante el año?

Sí, hasta 6 veces al año. Según la fecha en que presentes la solicitud en Importass, el cambio surte efecto el 1 de marzo, el 1 de mayo, el 1 de julio, el 1 de septiembre, el 1 de noviembre o el 1 de enero del año siguiente.

¿Qué pasa si gano más de lo que declaré al elegir mi base?

Las bases que eliges durante el año son provisionales. Al año siguiente, la Seguridad Social cruza tus rendimientos reales con los datos de Hacienda y regulariza: si cotizaste de menos, te reclama la diferencia (sin recargo hasta el último día del mes siguiente a la notificación); si cotizaste de más, te devuelve el exceso de oficio, en principio antes del 30 de abril.

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Fuentes

Esta guía es información general y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal sobre tu caso concreto. Las cifras corresponden a la normativa de cotización publicada para 2026; la actualizaremos si cambia la normativa.