Guías · Obligaciones

Factura electrónica y VeriFactu para autónomos: qué cambia y desde cuándo

Actualizado: 7 de septiembre de 2026 · Lectura: 9 minutos

Si has buscado "VeriFactu" en los últimos meses, probablemente hayas encontrado información contradictoria: unas fuentes dicen que ya es obligatorio, otras que no, y muchas están escritas por empresas de software con interés en que compres su producto ya. Vamos a intentar dejarlo claro, con las fechas que dice la propia Agencia Tributaria (AEAT) y sin venderte nada.

Resumen rápido: VeriFactu no es obligatorio todavía. Las sociedades (SL, SA...) deberán tener su sistema adaptado antes del 1 de enero de 2027. El resto de contribuyentes, incluidos los autónomos, antes del 1 de julio de 2027. Es una obligación distinta de la factura electrónica obligatoria entre empresas.

¿Qué es VeriFactu, exactamente?

VeriFactu es el nombre habitual con el que se conoce el Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (SIF), aprobado dentro de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. No es un programa que tengas que instalar tú: es un conjunto de requisitos técnicos que tiene que cumplir el software de facturación que uses (el tuyo, o el de tu gestoría).

En la práctica, un sistema "VeriFactu" hace tres cosas que la mayoría de hojas de Excel o plantillas no hacen:

  • Genera un registro de cada factura con una huella digital encadenada a la anterior, de forma que no se pueden borrar ni modificar facturas sin que quede rastro.
  • Puede enviar automáticamente esos registros a la AEAT en tiempo real (esto es opcional dentro del propio sistema VeriFactu, pero si no lo activas, tienes que poder demostrar la integridad de tus registros de otra forma).
  • Incluye un código QR y la mención "VeriFactu" en la factura, para que cualquiera pueda verificarla.

El objetivo declarado de la norma es dificultar el "software de doble uso" —programas que permiten ocultar ventas para pagar menos impuestos— no perseguir al autónomo que ya factura correctamente.

¿Quién está obligado, y desde cuándo?

Según la nota informativa oficial de la AEAT sobre la ampliación del plazo de adaptación, las fechas son:

  • Entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades (SL, SA...): sus sistemas de facturación deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027.
  • El resto de obligados tributarios —aquí entran los autónomos que tributan en IRPF—: antes del 1 de julio de 2027.

Es decir: si eres autónomo, técnicamente todavía te quedan varios meses. Pero la fecha límite es cuando tu sistema tiene que estar ya adaptado, no cuando tienes que empezar a mirarlo — y los proveedores de software suelen tardar en publicar sus actualizaciones definitivas, así que conviene no dejarlo para el último trimestre de 2026.

VeriFactu no es lo mismo que la "factura electrónica obligatoria"

Aquí está la mayor fuente de confusión. Además de VeriFactu, existe una obligación distinta que viene de la Ley Crea y Crece: que las facturas entre empresas y autónomos (B2B) se emitan en formato electrónico estructurado, no solo en PDF. Esta segunda obligación depende de un desarrollo reglamentario que a fecha de esta guía todavía no está cerrado del todo, y algunas estimaciones del sector sitúan su entrada en vigor progresiva alrededor de 2027-2028 según el tamaño de la empresa. En cuanto el calendario esté oficialmente publicado, actualizaremos esta guía.

Para que quede claro: puedes estar afectado por VeriFactu sin estar todavía afectado por la factura electrónica B2B obligatoria, y viceversa en el tiempo. Son dos normas relacionadas pero independientes.

Cómo saber si tu situación concreta ya está cubierta

Si usas un programa de facturación (Holded, Facturadirecta, tu gestoría te da acceso a uno, etc.), el paso más importante ahora mismo es preguntarle directamente a tu proveedor: "¿mi plan ya es compatible con VeriFactu, o cuándo lo será?". Muchos proveedores están anunciando la compatibilidad de forma escalonada.

Si facturas con Excel, Word, o plantillas hechas a mano, no vas a poder cumplir el reglamento con esas herramientas — tendrás que migrar a un programa de facturación (hay opciones gratuitas y de pago) antes de tu fecha límite.

Hemos preparado un checklist interactivo de 3 preguntas que te dice, según tu situación, si vas bien encaminado o qué tienes pendiente.

¿Qué pasa si no me adapto a tiempo?

La Ley 11/2021 prevé sanciones tanto para las empresas de software que vendan sistemas no conformes como, en determinados supuestos, para quien los use a sabiendas de que no cumplen. No vamos a darte una cifra concreta en esta guía porque los importes dependen del caso y preferimos no repetir números que hemos visto circular sin una fuente primaria clara detrás. Lo que sí es seguro es que merece la pena no dejarlo para el último mes: si tu proveedor de software se retrasa, tú eres quien tiene la obligación, no ellos.

Qué hacer ahora

  1. Comprueba con tu proveedor de software de facturación si ya cumple VeriFactu (o cuándo lo hará).
  2. Si facturas a mano, empieza a mirar programas de facturación con tiempo — no esperes a 2027.
  3. Guarda copia de tus registros de facturación tal y como exige la norma (no solo el PDF de la factura).
  4. Si tienes gestoría, pregúntale directamente si gestionan esto por ti o si depende de tu propio software.

¿Te avisamos si cambia algo?

Te escribimos si cambia esta normativa (por ejemplo, cuando se cierre el calendario de la factura electrónica B2B).

Fuentes

Esta guía es información general y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal sobre tu caso concreto. La actualizaremos si cambian las fechas o el reglamento.